Calculadora de IVA

Suma el IVA a una base imponible o quítalo de un precio con IVA incluido. Incluye retención de IRPF y recargo de equivalencia para facturas de autónomos.

Este importe es
Retención IRPF y recargo de equivalencia

Se resta del total de la factura, por ejemplo 15 % o 7 % para nuevos autónomos.

Se suma al IVA en ventas a comerciantes minoristas, por ejemplo 5,2 %.

Total factura–
Base imponible
–
Cuota de IVA
–
Recargo de equivalencia
–
Precio con IVA
–
Retención IRPF
–

Cómo usar la calculadora de IVA

  1. Escribe el importe e indica si es sin IVA (base imponible) o con IVA incluido.
  2. Elige el tipo de IVA: 21 % general, 10 % reducido o 4 % superreducido.
  3. Si eres autónomo y tu factura lleva retención, abre la sección de IRPF y añade el porcentaje.
  4. Pulsa Copiar resultados para pegar el desglose en tu factura o en una hoja de cálculo.

Fórmulas para calcular el IVA

Sumar IVA
Cuota de IVA = Base × Tipo ÷ 100
Precio con IVA = Base + IVA

Quitar IVA
Base = Precio con IVA ÷ (1 + Tipo ÷ 100)
IVA = Precio con IVA − Base

Total factura
Total = Base + IVA + Recargo − Retención IRPF

Ejemplo de factura de autónomo con IRPF

Una diseñadora factura 1.000 € de base imponible con un 21 % de IVA y un 15 % de retención. El IVA es 210 € y el precio con IVA, 1.210 €. La retención es 1.000 × 0,15 = 150 €, que el cliente ingresa en Hacienda. El total a cobrar es 1.210 − 150 = 1.060 €. Los nuevos autónomos pueden aplicar un 7 % durante el año de alta y los dos siguientes.

Cómo quitar el IVA de un precio

Si un ticket marca 1.210 € con el 21 % incluido, divide entre 1,21: la base es 1.000 € y el IVA, 210 €. Es un error habitual restar directamente el 21 % del total, porque da 955,90 €. El IVA se calcula sobre la base, no sobre el total.

Tipos de IVA en España

TipoSe aplica a
21 % generalLa mayoría de bienes y servicios
10 % reducidoHostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva
4 % superreducidoPan, leche, frutas, libros y medicamentos

En Canarias no se aplica IVA sino IGIC, con un tipo general del 7 %. En México el IVA general es del 16 %. Los tipos pueden cambiar, así que confirma siempre en la web de la Agencia Tributaria.

Qué es el recargo de equivalencia

Es un recargo que el proveedor añade al vender a comerciantes minoristas que no presentan declaraciones de IVA. Se calcula sobre la base imponible: 5,2 % para el IVA general, 1,4 % para el reducido y 0,5 % para el superreducido.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el 21 % de IVA?

Multiplica la base imponible por 0,21. Para 500 €, el IVA es 105 € y el total, 605 €.

¿Cómo quito el IVA de un precio?

Divide el precio con IVA entre 1,21 (si el tipo es 21 %). De 605 € sale una base de 500 €.

¿La retención de IRPF se calcula sobre el total con IVA?

No. La retención se calcula siempre sobre la base imponible, sin IVA.

¿Cuándo tengo que aplicar el 7 % de retención?

Los profesionales que inician su actividad pueden aplicar el 7 % el año de alta y los dos siguientes, si no ejercieron en el año anterior.

¿Sirve para el IVA de México o el IGIC de Canarias?

Sí. El cálculo es el mismo; solo tienes que escribir el tipo correcto, 16 % o 7 %.

Última revisión: , por el equipo de Dailycaltor.